El momento de los bonos verdes europeos

02/01/2024

Pasada la COP28, que transmite un cierto sentido de esperanza y trae consigo progresos y señales marcadas para inversores sobre la importancia de las finanzas sostenibles y los avances de la transición energética, es necesario poner el foco en uno de los principales hitos de los últimos años en el panorama de las fianzas sostenibles en Europa. Un hito que ha quedado en cierta forma en segundo plano por la COP, pero que tiene el potencial de convertirse en un punto de inflexión y un paso en firme en la estrategia de finanzas sostenibles de la Unión Europea: la aprobación del Reglamento de Bonos Verdes Europeo (EU GBS por sus siglas en inglés).

En este sentido, y en línea con el eje de financiación de la acción climática de la COP28, la aprobación del Reglamento de Bonos Verdes Europeo marca un antes y un después en el mercado de las finanzas sostenibles a nivel global, estableciendo un mecanismo fiable y robusto para el sector privado y público para movilizar capital hacia actividades económicas ambientalmente sostenibles.

Las finanzas sostenibles se vienen desarrollando desde el año 2006. Según datos de Climate Bonds Initiative, el volumen acumulado de bonos etiquetados como verdes, sociales, sostenibles, vinculados a la sostenibilidad y de transición a finales del primer semestre de 2023 es de 4,2 billones de dólares, cifra que confirma que la sostenibilidad se ha convertido en una prioridad para los directores financieros y en un eje transversal en la estrategia de negocio de las compañías.

Después de un largo proceso de negociación, el 30 de noviembre de este año el EU GBS se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea, tras la aprobación por el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea. El reglamento establece los requisitos para el uso de la etiqueta de "Bono Verde Europeo", la primera de este tipo en el mundo. El reglamento entrará en vigor el 20 de diciembre de este año, aunque no será aplicable hasta el 21 de diciembre de 2024.

El EU GBS es pieza fundamental del Pacto Verde Europeo y de la Estrategia de Finanzas Sostenibles de la Comisión Europea, ambas con el objetivo de convertir a Europa en el primer continente climáticamente neutro en 2050. Para el cumplimiento de este objetivo, es necesario movilizar capital hacia actividades económicas ambientalmente sostenibles, para lo cual era necesario definir un marco común para inversores y emisores que facilite la identificación de inversiones ambientalmente sostenibles a través de una etiqueta clara y común en la Unión Europea.

Es importante mencionar que el EU GBS es una norma voluntaria que puede ser utilizada por emisores privados y públicos que ofrecen bonos al público, o negocian bonos, en la Unión Europea y que deseen utilizar la etiqueta de "Bono Verde Europeo" en instrumentos use of proceeds bajo un enfoque ambiental. En este sentido, la normativa establece el requerimiento por parte del emisor de asignar los ingresos del bono, antes de su vencimiento, a actividades económicas alineadas con la taxonomía ambiental, definiendo como categorías en materia de financiación los activos fijos; algunos gastos de capital; ciertos gastos operativos; activos financieros; y activos y gastos de los hogares.

Asimismo, el EU GBS establece excepciones en el uso de los ingresos, específicamente incorpora el concepto de flexibilidad, a través del cual los emisores podrán asignar hasta el 15% de los ingresos a actividades que no cumplan aún con los criterios técnicos de selección de la taxonomía ambiental. Este es un aspecto novedoso del EU GBS que no formaba parte de la primera versión del 2021.

Una de las características del EU GBS es la amplitud y rigurosidad en los requerimientos de información pre y post emisión para bonos etiquetados, estableciendo plantillas uniformes para dichos reportes. En efecto, una de las grandes diferencias respecto a los principios de ICMA es la obligatoriedad de los informes y, en algunos casos, la obligatoriedad de verificación externa sobre esta información.

A la vez, el reglamento abre la puerta a los bonos comercializados como "bonos ambientalmente sostenibles" y los "bonos vinculados a la sostenibilidad" para que informen voluntariamente bajo las plantillas de divulgación del reglamento.

Adicionalmente, una de las novedades más relevantes del EU GBS, es la creación de un registro oficial para revisores externos, el cual debería ser gestionado y supervisado por la Autoridad Europea de Valores y Mercado (ESMA). Una vez establecido el mencionado registro, los verificadores externos deberán solicitar su inclusión ante ESMA.

En esta misma línea, otro aspecto relevante del reglamento es la concesión de poderes de supervisión a las autoridades nacionales competentes para supervisar, investigar y sancionar a los emisores que no cumplen con los requisitos del EU GBS, en particular los requisitos sobre el uso de los ingresos, la divulgación de información y las revisiones externas.

Por todo lo mencionado, el EU GBS marca un antes y un después en el mercado de las finanzas sostenibles, siendo uno de sus grandes aportes la claridad sobre la contribución ambiental de las actividades económicas, a través de su vinculación con la taxonomía ambiental europea. Esto genera en el mercado un mayor grado de certeza y credibilidad sobre la contribución ambiental de un bono etiquetado, siendo este último más atractivo para los inversores que un bono sin etiqueta. Adicionalmente, y no menos importante, se convierte en una herramienta para minimizar el riesgo de greenwashing al cual actualmente se enfrentan los inversores. En definitiva, la aprobación del EU GBS representa un ejemplo a nivel global que permitir llevar a otro nivel el concepto y la razón de ser las finanzas sostenibles. Los retos en su implementación seguirán estando presentes, pero tal y como reza el dicho "…se hace camino al andar", y tenemos todavía un largo camino por delante.